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    <title>Rosario Nuestro</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-04-13T19:20:07+00:00</updated>
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            Javkin, sobre la prohibición de cuidacoches: &quot;Se cruzan las problemáticas, la ley requiere dispositivos sociales&quot;
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/AK-Zpq1VzHNBSsia9I-VioRRM08=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2025/05/javkin.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El intendente Pablo Javkin volvió a abordar el tema de los cuidacoches en Rosario este viernes, tras la postergación del debate en el Senado santafesino de la ley que busca la prohibición de la actividad en la provincia, y consideró que “se cruzan las problemáticas” y que la norma “requiere dispositivos sociales” para personas en situaciones de consumo.&nbsp;</p><p>El funcionario brindó declaraciones esta mañana en el marco de la apertura de sobres para la segunda fase de la obra del Centro de Desarrollo Infantil del Instituto de Lucha Antipoliomielítica y Rehabilitación del Lisiado (ILAR), en Ocampo al 1400.&nbsp;</p><p>En primer lugar, acerca del proyecto impulsado por el senador Ciro Seisas, comentó que “la demora tiene que ver con ajustar algunas cuestiones de las alternativas" de las personas que dejarían de ejercer el rol de “trapito” y apuntó: "A veces se cree que uno con una ley prohíbe un fenómeno social y con eso ya está”.</p><p>A su vez, consideró que la modificación del Código de Faltas, amparado en la Ley 10.703, “es necesaria porque tenemos situaciones de extorsión y de grupos criminales que organizan la actividad", aunque analizó que “también tenemos a mucha gente que, por problemas de adicción o alcoholismo, está en la calle”. En este sentido, subrayó: "Se cruzan las problemáticas, la ley requiere algunos dispositivos sociales".</p><p>“Ha crecido mucho la población en calle y, muchas veces, hay gente que no quiere ir a los refugios porque hay reglas y no está dispuesta a salir de su adicción”, remarcó Javkin. Y concluyó: “Es un tema que atrae el debate, porque a todo el mundo le da bronca estar en la calle y que venga alguien que te quiera sacar el dinero ‘porque sí’, y en algunos casos con conductas que terminan en hechos delictivos”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/AK-Zpq1VzHNBSsia9I-VioRRM08=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2025/05/javkin.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El intendente habló este viernes sobre la postergación del debate de la propuesta para modificar el Código de Faltas en el Senado provincial. "Tenemos situaciones de extorsión y grupos criminales, pero también a mucha gente que, por adicción o alcoholismo, está en la calle", argumentó.]]>
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                <updated>2026-04-13T19:20:07+00:00</updated>
                <published>2026-03-13T13:49:11+00:00</published>
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            Anmat prohibió un desinfectante para piletas por fallas en el rotulado
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/smbLIoH63lmr4x-vN59v56bAnOU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/cloro_anmat.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dispuso la prohibición de un desinfectante para piscinas que se comercializaba bajo la marca “Ingenia”.</p><p>La resolución alcanza a su elaboración, distribución y venta en todo el territorio nacional, tanto en comercios físicos como en plataformas digitales. Según detalló el organismo, el producto está clasificado como de riesgo 2 para uso doméstico, lo que implica un mayor nivel de peligrosidad y exige una evaluación previa y certificación oficial para su comercialización.</p><p>La medida se tomó luego de que un área técnica detectara inconsistencias en el rotulado: mientras el envase indicaba la marca “Ingenia”, en la tapa figuraba el nombre “Clorotech”, una contradicción que incumple la normativa vigente para productos vinculados a la salud y la seguridad.</p><p>Ante esta situación, Anmat inició un sumario sanitario contra la firma Servicios Bioaguas S.R.L., que reconoció ser la responsable del producto. Desde el organismo remarcaron que los controles se refuerzan especialmente en esta época del año, cuando aumenta la demanda de insumos para el mantenimiento de piletas.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/smbLIoH63lmr4x-vN59v56bAnOU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/cloro_anmat.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo ordenó retirar del mercado un producto de la marca “Ingenia” por irregularidades en su identificación y falta de certificación. La medida rige en todo el país.]]>
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                                <category term="salud" label="Salud" />
                <updated>2026-04-13T19:20:07+00:00</updated>
                <published>2026-01-23T21:41:11+00:00</published>
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            Prohibieron la comercialización de un aceite de oliva en todo el país
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/prohibieron-la-comercializacion-de-un-aceite-de-oliva-en-todo-el-pais" type="text/html" title="Prohibieron la comercialización de un aceite de oliva en todo el país" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZamSD7xhSCpT0EQQPsbVPtI1ilI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2025/05/aceite_prohibido.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta de una marca de aceite de oliva en todo el país por estar mal rotulado.</p><p>El organismo dispuso, a través de la disposición 3149/25, la prohibición de la "elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país y en plataformas que hagan ventas por internet del producto Olive Oil Extra Virgen, de la marca Quinta estación, RNE N° 13261475, RNPA N° 13619456, originario de Mendoza, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.</p><p>Dicha resolución, que fue publicada en el Boletín Oficial, alcanza a la “comercialización en todo el territorio nacional de cualquier producto que exhiba en su rótulo los registros sanitarios RNE N° 13261475 y/o RNPA N° 13619456, por ser productos falsamente rotulados que utilizan un número de RNE y/o RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia productos ilegales”.</p><p>Asimismo, desde la Anmat aclararon que la medida se impulsó con el fin de "de proteger la salud de los ciudadanos" que pueden llegar a consumir productos de los cuales no se puede garantizar su calidad, condiciones de fabricación y trazabilidad.</p>imágenes del producto]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZamSD7xhSCpT0EQQPsbVPtI1ilI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2025/05/aceite_prohibido.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El producto se llama Olive Oil Extra Virgen y es de la marca Quinta Estación. La medida fue dispuesta por Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica.]]>
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                                <category term="salud" label="Salud" />
                <updated>2025-05-15T23:30:53+00:00</updated>
                <published>2025-05-15T23:28:19+00:00</published>
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            Prohibieron la venta a nivel nacional de una marca de perfumes por ser ilegales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/LwzsFKAKCp8ikG60foDXwguzusU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/zafiro.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), prohibió la venta a nivel nacional de una marca de perfumes llamada Zafiro, de nombre similar a otra famosa franquicia de aromatizantes.&nbsp;</p><p>La prohibición de su elaboración, comercialización y distribución fue avalada mediante el decreto 11369/2024, publicado en el Boletín Oficial.&nbsp;</p><p>En dicha disposición, se arguementó que los productos aromáticos son ilegales debido a que no tienen su registro sanitario, que los productos y lugar de la compañía están debidamente inscriptos, y porque había irregularidades en su venta y etiquetado.&nbsp;</p><p>En ese sentido, desde la Anmat, en su momento, ya le notificaron a la empresa sobre las irregularidades pero nunca recibieron una respuesta. Además indicaron que la página web mencionada en los rotulados de los productos estaba en construcción.&nbsp;</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/LwzsFKAKCp8ikG60foDXwguzusU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/zafiro.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se trata de la marca Zafiro, nombre similar a otra famosa franquicia de aromatizantes.]]>
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                                <category term="salud" label="Salud" />
                <updated>2024-12-31T20:58:50+00:00</updated>
                <published>2024-12-31T20:58:47+00:00</published>
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        <title>
            Prohibieron la comercialización y posesión de un suplemento dietario en Santa Fe
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/zb-703NTPEC2NzpjmIP9KJGGjMo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/suplemento_dietario.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Ministerio de Salud de Santa Fe, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal), prohibió el fraccionamiento, tenencia, transporte, comercialización, y exposición en toda la provincia de un suplemento dietario a base de probióticos y prebióticos.&nbsp;</p><p>El producto es de la marca Vitaminway, y de acuerdo a lo informado, no está autorizado debido a que su número RNPA no es válido e incumple a la normativa vigente, y por lo tanto desde la Assal se alerta sobre su uso.&nbsp;</p>Detalles sobre el producto<p>Suplemento dietario a base de probióticos y prebióticos en cápsulas marca Vitaminway:</p><p>RNE: N° 02-033336RNPA: Expte. Nº 05549179Razón Social: Laboratorios Pharmamerican SRLDomicilio: en Calle 3 y 6 Parque Industrial Gral. Salvio 7601 Batán - Mar del Plata</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/zb-703NTPEC2NzpjmIP9KJGGjMo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/suplemento_dietario.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Así lo comunicó la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal). El producto es de la marca Vitaminway.]]>
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                                <category term="la-provincia" label="La Provincia" />
                <updated>2026-04-13T19:20:07+00:00</updated>
                <published>2024-12-13T21:19:55+00:00</published>
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        <title>
            El Gobierno hará oficial la prohibición de circulación nocturna: desde cuándo regiría la medida
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/el-gobierno-hara-oficial-la-prohibicion-de-circulacion-nocturna-desde-cuando-regiria-la-medida" type="text/html" title="El Gobierno hará oficial la prohibición de circulación nocturna: desde cuándo regiría la medida" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Vdd_0XtQbleaurl24y3ZtNEtMZs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2021/01/Rosarionoche.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Luego de la reunión que mantuvo el presidente Alberto Fernández con los gobernadores de todas las provincias, se hará oficial la prohibición de circulación nocturna en todo el país. El anuncio se haría en horas de la tarde de este jueves y la medida, que trata de ponerle un freno al repunte de contagios de coronavirus, entraría en vigencia desde este viernes.</p>
<p>El horario de limitación que se fijaría sería de 23 a 5, aunque entre las novedades que traería el anuncio es que se establecería un piso mínimo de contagio para otorgar excepciones solicitadas por los gobernadores. Si el piso se mantiene, no se aplica la prohibición, mientras que en caso que suba con el correr de los días, quedará anulada.</p>
<p>Tras el cónclave a través de videoconferencia con Fernández, el mandatario santafesino, Omar Perotti, consideró que «lo único que disminuye las posibilidades de contagio es quitar circulación», por lo que adelantó que «las medidas irán en esa dirección», como así también anticipó que «la provincia se sumará a las medidas que tome la Nación».</p>
<p>Además, dentro de esta medida quedará asentado que la violación a las nuevas disposiciones que anunciará el Gobierno estarán comprendidas en el artículo 205 del Código Penal. Eso significa que los infractores serán denunciados ante la Justicia. Se habilitará el secuestro de vehículos y la imposición de multas.</p>
<p>Ya sea por Decreto de Necesidad y Urgencia o decreto común, la medida será publicada en el Boletín Oficial y saldrá antes que finalice el día, posiblemente en horas de la tarde, con fines que se empiece a cumplir desde las 0 del viernes 8 de diciembre.</p>
]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Vdd_0XtQbleaurl24y3ZtNEtMZs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2021/01/Rosarionoche.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Luego de la reunión que mantuvo el presidente Alberto Fernández con los gobernadores de todas las provincias, se hará oficial la prohibición de circul...]]>
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                                <category term="coronavirus" label="Coronavirus" />
                <updated>2021-01-07T19:04:57+00:00</updated>
                <published>2021-01-07T10:37:37+00:00</published>
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            Tras el nuevo decreto, estas son las actividades que se reactivan desde el martes
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/tras-el-nuevo-decreto-estas-son-las-actividades-que-se-reactivan-desde-el-martes" type="text/html" title="Tras el nuevo decreto, estas son las actividades que se reactivan desde el martes" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pTEBhIpnkyK2iQd_udtpG33RgR8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2020/10/perotti-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Tras el anuncio del Gobernador Omar Perotti, este sábado se confirmaron cuáles serán las actividades que quedarán permitidas luego del lunes feriado nacional.</p>
<p>Según el decreto 1071/20, la Casa Gris estableció en su Artículo 1, a partir de la cero hora del 10 de octubre de 2020 y por el término de 14 días corridos, en el ámbito de los departamentos Rosario, Caseros, Constitución, General López y San Lorenzo, y de las ciudades de Santa Fe y Santo Tomé, las modalidades de realización de las siguientes actividades, con las condiciones que a continuación se establecen:</p>
<p>Actividad inmobiliaria: la misma funcionará con asistencia de público a locales y oficinas con la modalidad de turno previo, y de mudanzas por empresas habilitadas, en horario que no podrá coincidir ni superponerse con el de las entidades bancarias, y hasta las 20.</p>
<p>Ejercicio de profesiones liberales, incluida la actividad notarial y la de mandatarios, corredores y martilleros, con asistencia de público a locales y oficinas con turno previo, en horario que no podrá coincidir ni superponerse con el de las entidades bancarias, y hasta las 20.</p>
<p>Esta restricción no aplica para los profesionales del arte de curar, los que continuarán desarrollando sus actividades conforme a la normativa nacional que las define como esenciales; ni para la actividad notarial, cuando la misma se encuentre limitada exclusivamente a posibilitar el cumplimiento de las actividades y servicios calificados como esenciales en la emergencia.</p>
<p>En tanto que en su Artículo 2, se habilitan -también a partir de la cero hora del 10 de octubre, por 14 días corridos, en el ámbito de los departamentos Rosario, Caseros, Constitución, General López y San Lorenzo, y de las ciudades de Santa Fe y Santo Tomé- las siguientes actividades:</p>
<p>Actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, administración de entidades deportivas, mediante la asignación de turnos previos para la atención al público en forma presencial, y en horario que no podrá extenderse más allá de las 13. La actividad administrativa y académica de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial podrá realizarse en idénticas condiciones, excepto que se trate de exámenes o demás actividades formativas de carácter presencial que hubieran sido autorizados por el Poder Ejecutivo, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en los protocolos aprobados para los mismos.</p>
<p>Bibliotecas, al solo efecto del retiro y devolución de libros y material, literario, cultural o científico, con la asignación de turno previo u otras modalidades que limiten la concurrencia simultánea de personas. Continúan vigente las restricciones dispuestas para la apertura al público de museos y lugares recreativos de divulgación científica públicos o privados.</p>
<p>Cementerios, en los horarios que dispongan las autoridades locales, sin que pueda prolongarse más allá de las 20, asegurando en todo momento el estricto cumplimiento de normas sanitarias y uso obligatorio de los elementos de protección de nariz, boca y mentón.</p>
<p>Todas las actividades enumeradas en los Artículos 1 y 2 se desarrollarán conforme a los protocolos oportunamente aprobados para cada una de ellas.</p>
<p>Continúan suspendidas</p>
<p>Finalmente, continúan suspendidas -en los departamentos y localidades mencionadas y por el mismo término establecido- las actividades de pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, la navegación recreativa y las actividades de guarderías náuticas y clubes deportivos vinculados a las mismas.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pTEBhIpnkyK2iQd_udtpG33RgR8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2020/10/perotti-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Tras el anuncio del Gobernador Omar Perotti, este sábado se confirmaron cuáles serán las actividades que quedarán permitidas luego del lunes feriado n...]]>
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                <updated>2020-10-11T16:22:01+00:00</updated>
                <published>2020-10-10T19:02:34+00:00</published>
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            Prorrogaron por 60 días la prohibición de despedir trabajadores
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lpDcHecIQwTh2ZoRIdsEGXCh_Sc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2020/08/empresas-atp.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno nacional prorrogó este jueves por 60 días la prohibición de despedir trabajadores «sin justa causa y por razones de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor», según indica el Decreto 761/2020 publicado en el Boletín Oficial.</p>
<p>Además extiende por otros 60 días la prohibición de suspender por causas de «fuerza mayor o ausencia o disminución de trabajo» a excepción de las realizadas según el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), indica el texto.</p>
<p>La medida lleva las firmas del presidente Alberto Fernández y de todo el gabinete nacional; y se basa en «la emergencia pública económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social» determinada por la Ley 27.541.</p>
<p>También se considera la ampliación de la emergencia sanitaria dispuesta por el decreto 260/20 y las medidas de «aislamiento social, preventivo y obligatorio» y de «distanciamiento social» de los decretos 297/20 y 520/20.</p>
<p>Por otra parte, el decreto establece que «los despidos y suspensiones que se dispongan y violen las disposiciones adoptadas no producirán ningún efecto» ya que «se mantendrán vigentes las relaciones laborales y sus condiciones actuales».</p>
<p>Esto no se aplicará a las contrataciones realizadas con posterioridad a la vigencia del decreto, pero la medida «no será de aplicación en el sector público definido en el artículo 8 de la Ley 24.156 y sus modificatorias, con independencia del régimen jurídico al que esté sujeto el personal de los organismos, sociedades, empresas o entidades que lo integran».</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lpDcHecIQwTh2ZoRIdsEGXCh_Sc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2020/08/empresas-atp.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno nacional prorrogó este jueves por 60 días la prohibición de despedir trabajadores «sin justa causa y por razones de falta o disminución de...]]>
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                <updated>2020-09-24T12:48:46+00:00</updated>
                <published>2020-09-24T09:37:44+00:00</published>
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