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    <title>Rosario Nuestro</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-04-30T23:31:03+00:00</updated>
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            Atentado a Cristina Kirchner: Casación habilitó revisar la condena para analizar si corresponde aplicar la figura de femicidio
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/KXK2haJLRfJVw47EWv1EmqznwkY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/cfk_atentado.avif" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara Federal de Casación Penal dio el visto bueno a una nueva revisión del fallo por el intento de asesinato contra la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, al aceptar un recurso del Ministerio Público Fiscal que plantea incorporar la figura de femicidio en la causa.</p><p>La decisión fue tomada por la Sala II del tribunal, con los votos de los jueces Alejandro Slokar y Guillermo Yacobucci, quienes hicieron lugar al planteo contra la sentencia del Tribunal Oral Federal N°6. En ese fallo, Fernando Sabag Montiel fue condenado a diez años de prisión y Brenda Uliarte a ocho, sin que se aplicara el agravante por violencia de género.</p><p>El recurso impulsado por la fiscalía incluyó un análisis específico elaborado por la titular de la UFEM, Mariela Labozzetta, donde se manifiesta que el ataque debe interpretarse dentro de un contexto de violencia simbólica y hostigamiento hacia la víctima por su rol como mujer en la política. En ese sentido, cuestionaron el criterio del tribunal oral, que había descartado el femicidio al considerar que no existía una motivación directa contra el genero femenino.</p><p>Con esta nueva instancia, y en caso de que el planteo sea sostenido ante Casación por el fiscal Mario Villar, el tribunal deberá definir si confirma la sentencia original o introduce un cambio de enfoque que siente precedente sobre la aplicación de la perspectiva de género en hechos de violencia política.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/KXK2haJLRfJVw47EWv1EmqznwkY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/cfk_atentado.avif" class="type:primaryImage" /></figure>El tribunal deberá definir si incorpora la perspectiva de género en la causa y revisa la condena dictada por el atentado de 2022.]]>
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                                <category term="justicia" label="Justicia" />
                <updated>2026-04-30T23:31:03+00:00</updated>
                <published>2026-04-30T23:23:40+00:00</published>
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            La Justicia ordenó mantener el plan Volver al Trabajo y frenó su eliminación
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WyG5rP5jvslWk3PuRAFCj1jkPCQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/petovello.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Juzgado Federal de Campana, a cargo de Adrían González Charvay, ordenó al Ministerio de Capital Humano que continúe con el pago de las prestaciones del programa "Volver al Trabajo", tras un amparo colectivo presentado por cinco beneficiarios.</p><p>Según el planteo, la interrupción del programa implicaba una decisión arbitraria de parte del Estado, ya que no garantizaba la continuidad de derechos básicos vinculados a la asistencia alimentaria y la inclusión laboral. Por otro lado, señalaron que el reemplazo anunciado desde la cartera (un sistema de vouchers para capacitación) no tenía precisiones sobre su alcance ni condiciones de acceso.</p><p>El programa había sido creado por el Decreto 198/2024 para sustituir al Potenciar Trabajo, con una asignación mensual de $78.000 y una duración prevista de 24 meses. Sin embargo, el Gobierno anunció su finalización a comienzos de abril de 2026. Como consecuencia, cinco beneficiarios realizaron una presentación judicial.</p><p>En su decisión, el juez consideró que la suspensión de una prestación de carácter alimentario sin una alternativa que la equipare vulnera derechos constitucionales. De esta manera, dispuso que el Ministerio mantenga los pagos en un plazo de tres días, medida que seguirá vigente hasta que haya una sentencia definitiva.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WyG5rP5jvslWk3PuRAFCj1jkPCQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/petovello.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Un juez federal dispuso que el Ministerio de Capital Humano continúe con los pagos tras un amparo colectivo presentado por cinco beneficiarios.]]>
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                                <category term="justicia" label="Justicia" />
                <updated>2026-04-21T21:27:41+00:00</updated>
                <published>2026-04-21T21:22:36+00:00</published>
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            Revés judicial en el caso YPF: Preska rechazó un pedido de Argentina y exige la lista completa de los activos en el exterior
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        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/reves-judicial-en-el-caso-ypf-preska-rechazo-un-pedido-de-argentina-y-exige-la-lista-completa-de-los-activos-en-el-exterior" type="text/html" title="Revés judicial en el caso YPF: Preska rechazó un pedido de Argentina y exige la lista completa de los activos en el exterior" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1dnVaXMct0rkz0JcE4BEbt1ZTPk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2025/09/preska.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La jueza del distrito sur de Nueva York, Loretta Preska, rechazó la moción de reconsideración presentada por la Procuración del Tesoro de Argentina. El organismo que encabeza Rodolfo Barra intentaba que el proceso de discovery se limitara únicamente a bienes potencialmente ejecutables, algo que la magistrada desestimó.</p><p>El fallo se suma a la resolución emitida la semana pasada, cuando Preska también negó otro planteo argentino que buscaba excluir del discovery dispositivos y cuentas personales de funcionarios y exfuncionarios. Ambas decisiones prendieron las alarmas en el equipo legal que representa al país en Estados Unidos.</p><p>En su presentación, la Procuración del Tesoro había advertido que los requerimientos de la parte demandante resultaban contrarios a la legislación argentina y a la jurisprudencia norteamericana. El organismo señaló que su postura se apoyó en “abundante jurisprudencia relevante”, que a su entender no fue considerada por la jueza.</p><p>Luego de conocerse la resolución, desde la Procuración calificaron las decisiones como «equivocadas» y confirmaron que ya analizan los caminos procesales para impugnarlas. “La República Argentina reafirma su compromiso de defender con firmeza los intereses nacionales en todas las instancias judiciales, empleando todos los recursos legales disponibles”, expresaron en un comunicado oficial.</p><p>Mientras tanto, este jueves se llevará a cabo en Nueva York una audiencia previamente fijada en el marco del seguimiento del discovery. Allí, &nbsp;se espera que ambas partes expongan nuevas posiciones y se definan los próximos pasos.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1dnVaXMct0rkz0JcE4BEbt1ZTPk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2025/09/preska.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La jueza de Nueva York volvió a fallar desestimó un pedido de la Procuración del Tesoro que buscaba restringir la investigación a activos embargables.]]>
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                                <category term="justicia" label="Justicia" />
                <updated>2026-04-13T19:20:07+00:00</updated>
                <published>2025-09-04T00:04:08+00:00</published>
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            Tras el fallo contra Cristina Kirchner, los empresarios piden que se mantenga la &quot;paz social&quot;
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6K1Rau4j9IdTnwjxNYcjR-Ze_PM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2025/06/cac.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) llamó, mediante un comunicado, a acatar de forma pacífica el veredicto de la Corte Suprema de la Nación que ratificó la condena a seis años de prisión y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos para la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, en el marco de la causa Vialidad.</p><p>En este sentido, los empresarios pidieron que "la disconformidad que pueda existir de ciertos sectores se canalice por medios pacíficos", y sostuvieron: “La Justicia prevé diversas instancias para plantear apelaciones; agotadas esas posibilidades, corresponde acatar el veredicto”.</p><p>En esa misma línea, el comunicado condenó los episodios de violencia que ocurrieron tras conocerse la decisión del máximo tribunal, entre ellos el ataque a las oficinas del Grupo Artear, donde un grupo de manifestantes ingresó al edificio y generó destrozos en las instalaciones.</p><p>Asimismo, la CAC advirtió que "“resultaría ciertamente desgraciado que la rebeldía ante una definición judicial devenga en una situación de desorden público”, y llamó a la dirigencia a actuar con responsabilidad. “Argentina está intentando recuperar la confianza de inversores locales y extranjeros, tras años de anomia e incumplimientos; desestabilizar el orden institucional atenta contra ese esfuerzo colectivo”, subrayaron.</p><p>Por último, añadieron que "la violencia es inaceptable en una sociedad democrática, que el desconocimiento de los fallos de la Justicia es impropio del sistema republicano, y que la corrupción es incompatible con la ética, a menudo parecen ser olvidados por la sociedad argentina”.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6K1Rau4j9IdTnwjxNYcjR-Ze_PM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2025/06/cac.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara de Comercio llamó a acatar el fallo y repudió los hechos de violencia registrados en las últimas horas, entre ellos el ataque a la sede del Grupo Artear. “El desconocimiento de los fallos de la Justicia es impropio del sistema republicano”, afirmaron.]]>
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                                <category term="newsletter-general" label="Newsletter General" />
                <updated>2025-06-11T22:35:40+00:00</updated>
                <published>2025-06-11T22:35:35+00:00</published>
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        <title>
            La reacción de Javier Milei a la ratificación de la condena a Cristina Kirchner: &quot;Justicia. Fin&quot;
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        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/la-reaccion-de-javier-milei-a-la-ratificacion-de-la-condena-a-cristina-kirchner-justicia-fin" type="text/html" title="La reacción de Javier Milei a la ratificación de la condena a Cristina Kirchner: &quot;Justicia. Fin&quot;" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/RR87D8xkXJ-g3fZYfH3I-7DgQdk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2024/10/milei_discurso.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>El presidente Javier Milei realizó una publicación a través de sus redes sociales en referencia a la ratificación del fallo de la Corte Suprema de Justicia contra Cristina Fernández de Kirchner en la causa Vialidad.</p><p>El mandatario utilizó la frase que popularizó su vocero Manuel Adorni a través de la red social X. En su mensaje, escribió: "Justicia. Fin".</p><p>En esa misma línea, el mandatario hizo un agregado para referirse a una parte de la prensa, a quien acusó de montar "una opereta sobre el supuesto pacto de impunidad" con la exvicepresidenta.</p><p>“La República funciona y todos los periodi$ta$ corrupto$, cómplices de político$ mentiro$o$ han quedado expuestos en sus opereta$ sobre el supuesto pacto de impunidad”, sostuvo Milei, utilizando signos de dólar en referencia a intereses económicos detrás de las coberturas periodísticas.</p><p lang="es" dir="ltr">Justicia.Fin.PD: la República funciona y todos los periodi$ta$ corrupto$, cómplices de político$ mentiro$o$, han quedado expuesto en sus opereta$ sobre el supuesto pacto de impunidad.</p>— Javier Milei (@JMilei) June 10, 2025 <p>La reacción del jefe de Estado llegó luego de que el máximo tribunal confirmara la condena a seis años de prisión contra Cristina Kirchner, por administración fraudulenta en perjuicio del Estado, en el marco de la causa que investigó la adjudicación de obra pública en Santa Cruz a favor del empresario Lázaro Báez.&nbsp;</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/RR87D8xkXJ-g3fZYfH3I-7DgQdk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2024/10/milei_discurso.png" class="type:primaryImage" /></figure>Tras la decisión de la Corte Suprema de confirmar la condena por corrupción contra la exmandataria, el Presidente apuntó contra periodistas y dirigentes políticos por sostener la teoría de la existencia de "un pacto de impunidad" entre el Gobierno y la expresidenta.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2026-04-13T19:20:07+00:00</updated>
                <published>2025-06-10T21:45:19+00:00</published>
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            La Justicia condenó a la EPE a pagar $100 millones por un joven que murió electrocutado en Rosario
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        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/la-justicia-condeno-a-la-epe-a-pagar-100-millones-por-un-joven-que-murio-electrocutado-en-rosario" type="text/html" title="La Justicia condenó a la EPE a pagar $100 millones por un joven que murió electrocutado en Rosario" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/HsY-8bLRetIibhjxwNViDALxgFA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2025/04/epe.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Empresa Provincial de la Energía (EPE) fue condenada por la jueza Luciana Paula Martínez a pagar una indemnización de 100 millones de pesos por la muerte de un joven como consecuencia de una electrocución.</p><p>El hecho ocurrió el 10 de enero de 2016 en Rivera al 1500, en la zona norte de Rosario. Según las investigaciones, un cable de la red eléctrica hizo contacto con una media sombra en una vivienda, generando un incendio. Uno de los cables cayó sobre una camioneta estacionada, propiedad de los padres de la víctima. Cuando el muchacho quiso abrir la puerta del vehículo, recibió una descarga que le provocó un paro cardiorrespiratorio y una prolongada falta de oxígeno cerebral, lo que generó un daño neurológico irreversible. Tras varios meses de internación, falleció en septiembre de ese mismo año.</p><p>El fallo, impulsado por el abogado Gonzalo Utrera en representación de los padres de la víctima, señala que la EPE es responsable por no cumplir con su obligación de garantizar un servicio seguro y de calidad, como lo establece el Estatuto aprobado por la ley 10.114. Luego de una serie de peritajes, la jueza concluyó que los cables involucrados en el fatal suceso pertenecían a la empresa provincial.</p><p>“La empresa tiene entre sus obligaciones la de ejercer las funciones de policía de seguridad técnica”, remarcó la magistrada en su resolución. Además, sostuvo que “de no haber fallecido producto del hecho dañoso, el joven podría haber brindado asistencia económica y espiritual a sus padres”, lo que fue considerado como parte del daño moral y la pérdida de chance.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/HsY-8bLRetIibhjxwNViDALxgFA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2025/04/epe.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La jueza Luciana Paula Martínez determinó que la empresa es responsable por el accidente ocurrido en enero de 2016. La víctima sufrió un daño cerebral irreversible tras recibir una descarga eléctrica al tocar una camioneta.]]>
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                                <category term="justicia" label="Justicia" />
                <updated>2025-06-06T23:19:28+00:00</updated>
                <published>2025-06-06T23:17:25+00:00</published>
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        <title>
            Vicentin: la Corte Suprema de Santa Fe anuló la homologación del concurso de acreedores
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Wm-tRm-xmgxWGx64lo_cRW3ta9E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2020/06/Vicentin-5.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe resolvió este martes no homologar el concurso de acreedores de Vicentin, lo que abre la puerta al proceso de rescate de la empresa a través del mecanismo de cramdown.</p><p>La decisión del tribunal deja sin efecto la aprobación que había otorgado previamente la Cámara de Apelaciones y devuelve el expediente para que esta determine cómo y cuándo se llevará adelante el proceso de salvataje.</p><p>El rechazo de la Corte coincide con el fallo original del juez de Reconquista, quién había desestimado la oferta de pago de Vicentin debido a objeciones de un grupo de acreedores agropecuarios. Entre ellos, el acopio Commodities denunció que la propuesta implicaba una quita del 80% para los medianos y grandes acreedores, lo que consideraban injusto.</p><p>Con este nuevo panorama, la Cámara de Apelaciones de Rafaela asumirá el caso, desplazando a la de Reconquista, cuya imparcialidad había sido cuestionada por los acreedores disconformes con la oferta de la empresa.</p><p>La resolución judicial mara un punto de inflexión en el proceso de reestructuración de Vicentin, que ahora deberá afrontar un escenario incierto con el cramdown en marcha y la posibilidad de que nuevos actores intervengan en su futuro.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Wm-tRm-xmgxWGx64lo_cRW3ta9E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2020/06/Vicentin-5.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El máximo tribunal de la provincia desestimó la propuesta de pago de la empresa agroexportadora, y dejó en camino allanado para el inicio del cramdown o salvataje. La Cámara de Apelaciones de Rafaela será la encargada de definir los próximos pasos en el proceso.]]>
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                <updated>2025-02-18T21:36:54+00:00</updated>
                <published>2025-02-18T21:36:52+00:00</published>
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        <title>
            El Tribunal de Casación Penal resolvió que el caso Lucía Pérez no fue un femicidio
        </title>
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                <![CDATA[Rosario Nuestro ]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1zAjZoXFzExNQbCA85nqm6xjKFo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2025/02/lucia_perez.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires resolvió que la muerte de Lucía Pérez no fue un femicidio y anuló la prisión perpetua que recaía sobre Matías Farías. De este manera, ordenó al Tribunal N°2 de Mar del Plata que dicte una nueva sentencia, con una condena que se enmarcará en el delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado".</p><p>La decisión del Tribunal de Casación se dio a conocer justo el día en que Lucía hubiera cumplido 25 años. El hecho ocurrió el 9 de octubre de 2016, cuando la adolescente fue declarada muerta en la Sala de Primeros Auxilios de Playa Serena, en Mar del Plata, a la que había sido ingresada por los dos acusados de la causa.&nbsp;</p><p>Esta decisión se tomó en respuesta a la apelación presentada por la defensora oficial de Farías, Laura Solari, y los abogados de Pablo Offidani, César Sivo y Romina Merino. En el segundo juicio por el caso llevado a cabo en marzo de 2023, el Tribunal N°2 de Mar del Plata había condenado a Farías a prisión perpetua por los delitos de abuso sexual agravado por el suministro de estupefacientes y por la muerte de la víctima, en concurso ideal con femicidio. Offidani, en tanto, recibió una pena de ocho años de prisión como partícipe secundario del abuso sexual, que se sumaron a una condena previa por venta de drogas, resultando en una pena unificada de 15 años.</p><p>Los jueces Víctor Violini y Florencia Budiño, al revisar el fallo, reconocieron la existencia de un contexto de violencia de género y una asimetría de poder entre Lucía Pérez, una adolescente de 16 años con consumo problemático de drogas, y Faría, un vendedor de estupefacientes de 23 años que no consumía. En este aspecto, destacaron que "Farías buscaba chicas para venderles" y no le interesaba comercializar con hombres, "lo que permite inferir que era intencional programar encuentros con objetivos sexuales".</p><p>Sin embargo, concluyeron que no existe responsabilidad penal con la muerte de Lucía, y descartaron de esta manera tanto el dolo eventual como un posible homicidio culposo.</p><p>Con la anulación de la condena por femicidio, el Tribunal de Casación instruyó al Tribunal N°2 de Mar del Plata a fijar una nueva pena para Farías, exclusivamente por el delito de abuso sexual agravado, cuya pena máxima alcanza hasta 15 años de prisión, además de una condena previa por narcotráfico de ocho años.</p><p>A pesar de este fallo, la familia de Lucía Pérez aún tiene la posibilidad de apelar la resolución ante la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, lo que podría prolongar el proceso judicial.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1zAjZoXFzExNQbCA85nqm6xjKFo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2025/02/lucia_perez.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Se trata del hecho ocurrido el 9 de octubre de 2016, cuando la adolescente de 16 años fue declarada muerta en la Sala de Primeros Auxilios de Playa Serena, en Mar del Plata. El Tribunal N°2 de Mar del Plata deberá dictar una nueva condena que se enmarcará bajo la carátula de "abuso sexual con acceso carnal agravado".]]>
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                                <category term="justicia" label="Justicia" />
                <updated>2025-02-14T22:22:29+00:00</updated>
                <published>2025-02-14T22:22:25+00:00</published>
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        <title>
            Ordenaron la indagatoria para un ex líder de Montoneros
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        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/ordenaron-la-indagatoria-para-un-ex-lider-de-montoneros" type="text/html" title="Ordenaron la indagatoria para un ex líder de Montoneros" />
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                <![CDATA[Rosario Nuestro ]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WJy53TjkJVVH3t-cWRRVEJizFHg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/firmenich.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>Este jueves la Cámara Federal porteña ordenó citar a indagatoria a Mario Firmenich, ex líder de Montoneros, luego de revocar sobreseimientos en la causa por el atentado al comedor de la Policía Federal ocurrido en 1976, que provocó 24 muertos y 60 heridos.</p><p>Los camaristas Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens dispusieron mediante una resolución "revocar los sobreseimientos de Firmenich, Horacio Verbitsky, Laura Silvia Sofovich, Miguel Angel Lauletta, Lila Victoria Pastoriza, Norma Walsh y Carlos Aznares" teniendo en cuenta una posible convocatoria a declaración indagatoria.&nbsp;</p><p>El hecho que investiga la causa es el de un atentado al comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal (SSF) el 2 de julio de 1976. Los perpetradores de aquel ataque colocaron una bomba en el lugar donde funcionaba el área de inteligencia de la Policía Federal Argentina (PFA), desde donde, además, se regenteaba un campo de concentración que funcionaba en los años previos al golpe de Estado.</p><p>La decisión de la Justicia se basa en el fundamento de que este hecho representa una grave violación a los derechos humanos y por lo tanto no está prescripto. Además, señalaron que “nunca fue siquiera mínimamente investigado por el Estado”.&nbsp;</p><p>La causa había sido archivada hace dos años por la jueza de primera instancia María Servini, luego de que el mismo tribunal ordenara su reapertura.&nbsp;</p><p>En este sentido, la Cámara revocó aquella decisión de la magistrada y la instruyó a tomar declaración indagatoria a Firmenich con el fin de avanzar en las investigaciones para llegar a los responsables.&nbsp;</p><p>"No es necesario abundar en aclaraciones sobre el hecho de que la brutal y trágica violación de los derechos humanos perpetrada por la dictadura que asumió el poder en marzo de 1976 no constituye un obstáculo para la reapertura de la presente causa ni exime de responsabilidad a los autores del grave hecho que debe ser investigado", remarcaron los jueces.&nbsp;</p><p>"La historia no es una novela, ni el mundo se divide entre buenos y malos, sino en muchas tonalidades de grises. Por eso, aquí no se trata de diseñar una justificación simétrica entre los condenados de ayer por gravísimos delitos de Lesa Humanidad, e imputados de hoy en esta causa, sino de entender que&nbsp;los crímenes de la dictadura no absuelven los crímenes de quienes sentaron el terror desde otros ámbitos", argumentó el juez Mariano Llorens.</p><p>Por otro lado, los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi sostuvieron: "Reparar los derechos de las primeras víctimas del atentado&nbsp;y, al mismo tiempo, proteger los de aquellas otras que hoy se presentan ante los tribunales de justicia -las olvidadas-, no corresponde mantener ocluidos los caminos investigativos. Por el contrario, se debe impulsar -con el vigor que corresponde- la presente acción, lo que se le encomienda expresamente a la magistrada de grado. Es necesario -diríamos imprescindible- realizar los mayores esfuerzos, desde la justicia, para reparar precisamente el valor justicia que se ha venido denegando a las víctimas".</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WJy53TjkJVVH3t-cWRRVEJizFHg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/firmenich.png" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara Federal porteña dispuso citar a Mario Firmenich y a otros imputados, tras revocar sobreseimientos en la causa por el atentado a un comedor de la Policía Federal en 1976, que dejó 24 muertos y 60 heridos.]]>
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                                <category term="justicia" label="Justicia" />
                <updated>2024-12-19T21:44:36+00:00</updated>
                <published>2024-12-19T21:43:55+00:00</published>
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        <title>
            Preocupación en el sistema bancario por un fallo judicial en Misiones que limita los créditos UVA
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        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/preocupacion-en-el-sistema-bancario-por-un-fallo-judicial-en-misiones-que-limita-los-creditos-uva" type="text/html" title="Preocupación en el sistema bancario por un fallo judicial en Misiones que limita los créditos UVA" />
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                <![CDATA[Rosario Nuestro ]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/eH1VB_QFk9na0ZchGFmKvoQsUXI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2024/11/credito_hipotecario.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Las principales asociaciones bancarias de Argentina, representadas por la Asociación de Bancos de Argentina (ABA), la Asociación de la Banca Especializada (ABE), la Asociación de Bancos Argentinos (ADEBA) y la Asociación de Bancos Públicos Y Privados de la República Argentina (ABAPPRA), mostraron su preocupación por un reciente fallo judicial que pone en riesgo el normal funcionamiento de los créditos hipotecarios ajustados por UVA (Unidad de Valor Adquisitivo) en el país.&nbsp;</p><p>Se trata de una fallo denominado “Caso Azzimonti”, una disputa legal que empezó en el 2020 con la demanda de un empleado judicial al Banco Nación, por considerarse afectado por cláusulas que consideraba “abusivas” en el contrato de un crédito hipotecario UVA.&nbsp;</p><p>En 2022 una jueza falló a favor de Azzimonti, luego de varios litigios en los cuales la defensa del denunciante alegó que el sistema de ajuste UVA le había generado un sobreendeudamiento insostenible al deudor. De esta manera, quedaron sin efecto varias cláusulas del contrato, lo que redujo notablemente la deuda.&nbsp;</p><p>El caso fue apelado y, en 2023, la Cámara Federal de Posadas ratificó gran parte de la sentencia, modificando el sistema de ajuste del crédito hipotecario, y ordenando adaptarlo a las condiciones de préstamo de la línea “Nación Tu Casa”, que contempla una tasa fija en las primeras cuotas y luego una tasa variable.</p><p>Por otra parte, se determinó que las cuotas no podían exceder el 30% del sueldo del deudor, mientras que la multa impuesta al banco se redujo de $1.040.000 a $500.000.</p><p>Los bancos lanzaron un comunicado para manifestar su “profunda preocupación” por este fallo y otros similares, ya que sostienen que esto sienta un precedente que pone en duda la validez de las cláusulas contractuales y pone en riesgo la estabilidad jurídica de los contratos de crédito en general.&nbsp;</p><p>En esa misma línea, el mensaje compartido por las asociaciones bancarias sostiene que esta situación "distorsiona las relaciones contractuales y socava la confianza en la herramienta crediticia al cuestionar la validez de contratos acordes a la legislación vigente y normativa del Banco Central".</p><p>Asimismo, remarcaron que "este tipo de sentencias desalentará el otorgamiento de créditos hipotecarios, especialmente en Misiones, e impactará en el acceso y el costo del crédito para todos los clientes bancarios".</p><p>En este sentido, sostuvieron: “Los problemas de pago en los créditos hipotecarios UVA son marginales, representando menos del 1% del total del total de los créditos otorgados. Sin embargo, este tipo de fallos arbitrarios afectan el cumplimiento de las obligaciones contractuales, agravan la incertidumbre y aumentan el déficit habitacional que es de aproximadamente 4 millones de viviendas”.</p><p lang="es" dir="ltr">EL BANCO NACIÓN LIMITA SU OFERTA DE HIPOTECARIOS EN MISIONESLa decisión es consecuencia de una resolución arbitraria de la Cámara Federal de la Ciudad de Posadas que dispuso un subsidio perpetuo a favor de un deudor hipotecario, estableciendo un precedente que podría afectar a…</p>— Prensa BNA (@prensabna) October 29, 2024 ]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/eH1VB_QFk9na0ZchGFmKvoQsUXI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2024/11/credito_hipotecario.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se trata del conocido como "Caso Azzimonti", que declaro nulas varias cláusulas de un contrato de crédito hipotecario que el deudor consideraba como "abusivas".]]>
                </summary>
                                <category term="justicia" label="Justicia" />
                <updated>2024-11-15T22:38:45+00:00</updated>
                <published>2024-11-15T22:38:21+00:00</published>
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            Santa Fe: la Justicia dio lugar a un amparo presentado por jueces contra la reforma previsional
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        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/santa-fe-la-justicia-dio-lugar-a-un-amparo-presentado-por-jueces-contra-la-reforma-previsional" type="text/html" title="Santa Fe: la Justicia dio lugar a un amparo presentado por jueces contra la reforma previsional" />
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                <![CDATA[Rosario Nuestro ]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9wdWHQi9emSaTWGyCTEAbkHEVBw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2023/07/Tribunales-Santa-Fe.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Justicia laboral de Rosario aceptó un amparo presentado la semana pasada por 18 magistrados jubilados y cónyuges de jueces fallecidos de la Provincia de Santa fe contra la ley de Emergencia Previsional. De esta manera, la norma queda sin efecto para los demandantes. Desde la Provincia indicaron que apelarán al fallo.</p><p>La jueza que emitió la resolución es Silvana Laura Guagliatti, de la Octava Nominación. Los reclamantes solicitaban que no se les apliquen los descuentos por aporte solidario en sus haberes previsionales y que se les devuelvan los aportes ya realizados.</p><p>De la misma manera, el reclamo pedía dejar sin efecto el tope de 20 jubilaciones mínimas al considerar la inaplicabilidad e inconstitucionalidad del artículo 9 de la ley 14.283, de manera que se mantenga la movilidad en los haberes jubilatorios.&nbsp;</p><p>Además de este caso, conocido como Barbero y otros, esta semana se presentaron en la Justicia otros dos amparos colectivos patrocinados por el mismo estudio jurídico.</p><p>En el fallo, la jueza sostuvo: "Considero que la acción de amparo instaurada resulta admisible, toda vez que formulado tal test de selección, se advierten reunidos los requisitos enunciados. La afectación que se denuncia, con la urgencia que ello amerita, y dada la lesión potencial de derechos de trascendencia tal como son aquellos que hacen a la Seguridad Social, su libre ejercicio constitucionalmente reconocido y jerarquizado por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, determina la admisibilidad de la acción de amparo, siendo la vía idónea para sustanciar el debate"</p><p>En esa misma línea, agregó: “Los haberes jubilatorios son derechos adquiridos por los amparistas, quienes planificaron su vida y su situación económica futura en función de ellos, confiando legítimamente en la estabilidad de las normativas vigentes al momento de su jubilación. La modificación sustancial de estos haberes mediante una reforma normativa que no respeta los principios de progresividad y no regresividad, representa una lesión a la confianza legítima de los afectados”.</p><p>Por su parte, la Provincia ya prepara la apelación y sus argumentos se basan en que se trata de una ley válida cuya aplicación no reviste ninguna ilegalidad. En este sentido, señalan que las medidas tomadas se justifican dada la crisis del sistema previsional y no serían susceptibles de revisión judicial. Asimismo, afirman que la norma no afectan a los derechos de los jubilados y pensionados.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9wdWHQi9emSaTWGyCTEAbkHEVBw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2023/07/Tribunales-Santa-Fe.png" class="type:primaryImage" /></figure>Se trata de una presentación colectiva realizada la semana pasada por 18 magistrados jubilados. El gobierno provincial apelará el fallo.]]>
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                                <category term="justicia" label="Justicia" />
                <updated>2026-04-13T19:20:07+00:00</updated>
                <published>2024-11-08T21:47:17+00:00</published>
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            La Justicia ordenó a un padre incluír los gastos de seguridad en la cuota alimentaria de sus hijos
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        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/la-justicia-ordeno-a-un-padre-incluir-los-gastos-de-seguridad-en-la-cuota-alimentaria-de-sus-hijos" type="text/html" title="La Justicia ordenó a un padre incluír los gastos de seguridad en la cuota alimentaria de sus hijos" />
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                <![CDATA[Rosario Nuestro]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/KSuvIiZ7vRk29qykfj2dA_W3eXk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2017/10/tribunales-_FTF4283.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Justicia de Familia de Rosario dictó una sentencia sin precedentes al incluir en los gastos de manutención de dos hermanos, el dinero destinado a solventar los gastos por la creciente ola de delitos que afecta a la ciudad.&nbsp;</p><p>De esta manera, fueron incorporados los gastos relacionados con traslados y otras medidas preventivas de seguridad en la cuota alimentaria, tal como lo había solicitado la madre.</p><p>El Tribunal Colegiado de Familia 5 determinó que el padre debe abonar una cuota alimentaria equivalente a un Salario Mínimo, Vital y Móvil, que en este mes equivale a $262.231. El fallo considera la necesidad de cubrir los gastos adicionales que implica prevenir situaciones de peligro para los menores.</p><p>Asimismo, se confirmó la resolución que ordenaba descontar a los abuelos paternos, quienes son jubilados, el 20% de su haber previsional, para destinarlo al mismo fin.</p><p>La madre, asistida por la abogada Verónica Carrere, solicitó la revocación de una decisión previa que fijaba la cuota alimentaria en el 50% del Salario Mínimo, Vital y Móvil. Los jueces Ricardo Dutto, Milca Bojanich y Sabrina Sansarricq decidieron que el monto a pagar será el salario mínimo completo.</p><p>En su resolución, los jueces argumentaron que, dado el contexto de inseguridad en la ciudad, es necesario considerar los costos adicionales asociados con la protección y traslado de los menores. “En un contexto donde la economía y la seguridad están en el centro de las preocupaciones de los argentinos, cabe también estimar esa particular eventualidad”, sostuvieron.&nbsp;</p><p>En ese sentido, hicieron hincapié en un informe realizado por la consultora Cio, que destaca que la inseguridad ha superado a la inflación como el principal problema para los ciudadanos, especialmente en el Área Metropolitana de Buenos Aires (Amba) y en Rosario. El informe sostiene que el 65%&nbsp;de los residentes de ésta ciudad consideran que es menos segura que antes y si bien&nbsp;la inseguridad afecta de manera transversal a todas las clases sociales, su impacto&nbsp;es más profundo en los sectores socioeconómicos más bajos.</p><p>“Para sentirse más segura esta madre y&nbsp;sus niños como forma de prevenir la ola de delitos que asuela la ciudad y que limita&nbsp;la libertad de movimiento, debe tomar recaudos que probablemente años atrás no&nbsp;asomaban como indispensables&nbsp;como&nbsp;realizar&nbsp;traslados en taxis&nbsp;según el horario de las&nbsp;actividades o cambiar su cotidianidad para evitar ser víctimas del delito y&nbsp;una verdad&nbsp;irrebatible es que la prevención será siempre más económica y de efectos más&nbsp;duraderos que cualquier otra forma de seguridad”, finalizaron los jueces.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/KSuvIiZ7vRk29qykfj2dA_W3eXk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2017/10/tribunales-_FTF4283.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se trata de un fallo inédito, que tuvo lugar en Rosario. El monto exigido tiene que ver con los gastos que implica el traslado de los menores a sus actividades, en el contexto de inseguridad que vive la ciudad.]]>
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                <updated>2026-04-13T19:20:07+00:00</updated>
                <published>2024-08-13T00:28:53+00:00</published>
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        <title>
            Caos a nivel global por una falla informática: qué pasó en Argentina
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/caos-a-nivel-global-por-una-falla-informatica-argentina-no-resulto-afectada" type="text/html" title="Caos a nivel global por una falla informática: qué pasó en Argentina" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/INVFi4t_B_eSV0Rew-Pbi6UPTv4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2023/05/pantallas-editado.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Un error informático que se manifestó a escala global este viernes provocó inconvenientes en aeropuertos, bancos, hospitales y empresas esta mañana. Se trata de una falla en los sistemas de Microsoft en conjunto con la empresa de ciberseguridad Crowdstrike, el cual no afectó a Argentina a pesar del impacto mundial de la situación.</p><p>Según las primeras hipótesis en torno a lo ocurrido, la agencia de ciberseguridad francesa (ANSSI) afirmó que uno de los posibles motivos fue una “actualización defectuosa” por parte de Crowdstrike que inutiliza el software de Microsoft en miles de dispositivos, mostrando una pantalla azul.</p><p>Uno de los rubros más afectados fue el aéreo, ya que diversos aeropuertos en distintas partes del planisferio tuvieron que paralizar sus actividades, cancelando vuelos y dejando aviones en tierra para evitar fallas en la comunicación.</p><p>Mientras en Argentina no se reportaron inconvenientes, empresas como American Airlines, Delta, United frenaron su servicio en Estados Unidos; Qantas y Virgin en Australia, Turkish Airlines.</p><p>A su vez, se vieron afectados por demoras tecnológicas relacionadas a la facturación o reservas algunos aeropuertos como el Gatwick, en Londres, Schipol (Ámsterdam), Edimburgo y Berlín.</p><p>Por otro lado, también padecieron el error la Bolsa de Londres, quien asumió en un comunicado que está experimentando “un problema técnico global de terceros”, así también como entidades bancarias y de telecomunicaciones australianas, tales como ANZ, Westpac, Visa y Optus.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/INVFi4t_B_eSV0Rew-Pbi6UPTv4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2023/05/pantallas-editado.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Un error en los sistemas de Microsoft y la empresa de ciberseguridad CrowdStrike generaron inconvenientes este viernes en aeropuertos, bancos y empresas en distintas partes del mundo.]]>
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                                <category term="mundo" label="Mundo" />
                <updated>2026-04-13T19:20:07+00:00</updated>
                <published>2024-07-19T13:02:45+00:00</published>
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        <title>
            Argentina-Brasil: el enérgico descargo del Chiqui Tapia tras conocerse el fallo de Fifa
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/x2RZRCgFRrqr9BZsqrxw_0h-YZM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2019/07/tapia.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Fnalmente, cinco meses después del bochornoso Brasil-Argentina por Eliminatorias Sudamericanas suspendido por las autoridades sanitarias locales (Anvisa), la FIFA dio a conocer el fallo del caso este lunes y decidió que el partido debe jugarse en fecha y sede a definir. Además determinó multas económicas y sanciones para cuatro jugadores argentinos.</p>
<p>En ese sentido, Claudio Tapia, presidente de la AFA, reaccionó fuertemente en redes sociales de inmediato y dejó un tajante mensaje.</p>
<p>«Como Presidente de AFA, me comprometo a hacer todos los esfuerzos necesarios, y a apelar el fallo de FIFA en referencia al partido de eliminatorias con Brasil. Nuestra prioridad es la Selección Argentina Siempre», escribió el mandamás del fútbol local en su cuenta oficial de Twitter minutos después de conocerse la determinación del Tribunal disciplinario.</p>

<p lang="es" dir="ltr">Como Presidente de @afa, me comprometo a hacer todos los esfuerzos necesarios, y a apelar el fallo de FIFA en referencia al partido de eliminatorias con Brasil. Nuestra prioridad es la Selección @Argentina Siempre ??</p>
<p>&mdash; Chiqui Tapia (@tapiachiqui) February 14, 2022</p>
<p></p>
<p>Además de determinar que el partido debe disputarse nuevamente, el fallo determina una multa económica tanto para la Asociación de Fútbol Argentina como para la Confederación Brasileña de fútbol. Cómo última medida también suspende por el término de dos partidos a Emiliano Buendía, Emiliano Martínez, Giovani Lo Celso y Cristian Romero por no cumplir con el Protocolo de Partidos Internacionales de Regreso al Fútbol de la FIFA.</p>
]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/x2RZRCgFRrqr9BZsqrxw_0h-YZM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2019/07/tapia.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Fnalmente, cinco meses después del bochornoso Brasil-Argentina por Eliminatorias Sudamericanas suspendido por las autoridades sanitarias locales (Anvi...]]>
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                                <category term="deportes" label="Deportes" />
                <updated>2022-02-14T19:29:23+00:00</updated>
                <published>2022-02-14T13:27:19+00:00</published>
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        <title>
            Fallo de Fifa: Brasil y Argentina seguirán el partido de Eliminatorias que fue suspendido por Anvisa
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/fallo-de-fifa-brasil-y-argentina-seguiran-el-partido-de-eliminatorias-que-fue-suspendido-por-anvisa" type="text/html" title="Fallo de Fifa: Brasil y Argentina seguirán el partido de Eliminatorias que fue suspendido por Anvisa" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/W1quuBlEqrkexWjJK9bgocE9ylo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2021/09/Brasil-Arg.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Lo que tanto se esperaba finalmente se dio a conocer en la mañana de este lunes. Con Argentina y Brasil ya clasificados al Mundial de Qatar, la FIFA definió con otro margen y menos presión que el partido se tiene que terminar en la cancha, ese cotejo suspendido a los 5 minutos del primer tiempo por autoridades de Anvisa, que buscaban detener a futbolistas argentinos que por ley brasileña no debían haber ingreso al país en pleno coronavirus, más allá de que el acuerdo con Conmebol se lo permitía.</p>
<p>El partido entre la Albiceleste y el seleccionado de Tité se jugará en cancha neutral, es decir para mantener la TV y todo lo que significa económicamente un clásico de este tipo.En principio, sería en junio, cuando no puede haber amistosos con selecciones europeas, afectadas  a la Nations League.</p>
<p>En tanto, hay 550 mil dólares de multa a Brasil, que generó la suspensión del partido. Y 250.000 para la AFA, ya que omitió informar que Dibu Martínez, Cuti Romero, Lo Celso y Buendía habían estado en Inglaterra (viniendo de ahí, se pedía cuarentena en Brasil). Además, suspende dos partidos a esos jugadores, porque más allá de que la AFA es responsable de esa omisión , el error también los involucra. En lo práctico, se pierden los últimos dos partidos (Venezuela y Ecuador) con el equipo ya clasificado, lo que no afecta.</p>
<p>El Tribunal de FIFA decidió multas livianas y encontró los detalles para no perjudicar fuertemente a ninguna federación. Con las selecciones ya adentro, les organiza un amistoso top y el mensaje a futuro es que los partidos se juegan en la cancha.</p>
El fallo
<p>«La Comisión Disciplinaria de la FIFA ha tomado sus decisiones en relación con el partido suspendido entre Brasil y Argentina en la competición preliminar de la Copa Mundial de la FIFA Qatar 2022 el 5 de septiembre de 2021».</p>
<p>«Después de una investigación exhaustiva de los diversos elementos fácticos ya la luz de las normas aplicables, la Comisión Disciplinaria de la FIFA ha decidido que el partido debe repetirse en la fecha y el lugar que decida la FIFA».</p>
<p>«Además, la Comisión Disciplinaria de la FIFA ha concluido que el abandono del partido se debió a varias deficiencias de las partes involucradas en sus respectivas responsabilidades y/u obligaciones en relación con lo anterior. Como tal, la Comisión Disciplinaria de la FIFA también ha decidido: 1. condenar a la Asociación Brasileña de Fútbol al pago de una multa de CHF 500.000 por infracciones relacionadas con el orden y la seguridad; 2. condenar a la Asociación Argentina de Fútbol al pago de una multa de CHF 200.000 por el incumplimiento de sus obligaciones en materia de orden y seguridad, preparación y participación en el partido; 3. condenar a la Asociación Brasileña de Fútbol ya la Asociación Argentina de Fútbol a pagar cada una una multa de CHF 50.000 como consecuencia del abandono del partido; 4. suspender a los jugadores argentinos Emiliano Buendía, Emiliano Martínez, Giovani Lo Celso y Cristian Romero por dos (2) partidos cada uno por no cumplir con el Protocolo de Partidos Internacionales de Regreso al Fútbol de la FIFA».</p>
<p>«Las decisiones de la Comisión Disciplinaria de la FIFA fueron notificadas hoy a las partes involucradas».</p>
]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/W1quuBlEqrkexWjJK9bgocE9ylo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2021/09/Brasil-Arg.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Lo que tanto se esperaba finalmente se dio a conocer en la mañana de este lunes. Con Argentina y Brasil ya clasificados al Mundial de Qatar, la FIFA d...]]>
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                                <category term="deportes" label="Deportes" />
                <updated>2022-02-15T13:09:53+00:00</updated>
                <published>2022-02-14T12:31:53+00:00</published>
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        <title>
            Delitos de lesa humanidad en Rosario: condenaron a prisión perpetua a seis exagentes del Servicio de Inteligencia del Ejército
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/delitos-de-lesa-humanidad-en-rosario-condenaron-a-prision-perpetua-a-seis-exagentes-del-servicio-de-inteligencia-del-ejercito" type="text/html" title="Delitos de lesa humanidad en Rosario: condenaron a prisión perpetua a seis exagentes del Servicio de Inteligencia del Ejército" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ie-jlT_JWHm604pkcReeVArwoS0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2020/05/fallo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los exagentes del Servicio de Inteligencia del II Cuerpo de Ejército, Mario Alfredo Marcote y José Rubén Lofiego, fueron condenados a prisión perpetua por delitos de lesa humanidad cometidos en Rosario durante la última dictadura militar. Se trata de un fallo histórico del Tribunal Oral Federal 2 y muy esperado por organismos que luchan por los Derechos Humanos en la Argentina.</p>
<p>El Tribunal integrado por los jueces Lilia Carnero, Jorge Gallino y Osvaldo Facciano los encontró culpables por «homicidio agravado por el concurso de dos o más personas, privación de la libertad agravada, imposición de tortura agravada, abuso sexual y asociación ilícita y sus acumuladas a lo largo del proceso».</p>
<p>En la megacausa conocida como «Feced III y IV» también involucra a otros ex policías como Ramón Telmo Alcides Ibarra, Eduardo Dugour, Julio Héctor Fermoselle, Héctor Oscar Gianola, Lulio César Nast, José Carlos Antonio Scortechini, Ernesto Vallejo y Ramón Vergara.</p>
<p>Ramón Rito Vergara, Ramón Telmo Alcides Ibarra, Ernesto Vallejo y Carlos Antonio Scortechini también fueron condenados a prisión perpetua, mientras que los otros cuatro ex agentes fueron condenados a entre 16 y 22 años de cárcel efectiva.</p>
<p>Fue el fiscal federal Adolfo Villate quien había pedido penas máximas de 23 años de prisión perpetua. Como consecuencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado por la pandemia de coronavirus, la audiencia de lectura del veredicto se realizó por videoconferencia y sin público, de acuerdo a lo consignado por el Tribunal.</p>
<p>El juicio se inició en abril de 2018 y analizaba los delitos adjudicados a 10 efectivos de la Policía de Rosario durante la última dictadura, cometidos contra 188 víctimas del Terrorismo de Estado.</p>
<p>La tercera y cuarta parte de la megacausa Feced avanza sobre las prácticas ilegales de “la patota” policial que tuvo a su cargo el centro de detención clandestino conocido como “El Pozo”, ubicado en el centro de la ciudad.</p>
<p>Allí funcionaba el Servicio de Informaciones (SI) de la Policía, cuyas instalaciones albergó el mayor centro clandestino del sur de la provincia de Santa Fe, por donde se estima que pasaron unos 500 detenidos-desaparecidos, indicaron fuentes de la Fiscalía.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ie-jlT_JWHm604pkcReeVArwoS0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2020/05/fallo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Los exagentes del Servicio de Inteligencia del II Cuerpo de Ejército, Mario Alfredo Marcote y José Rubén Lofiego, fueron condenados a prisión perpetua...]]>
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                                <category term="rosario" label="Rosario" />
                <updated>2020-05-15T00:02:32+00:00</updated>
                <published>2020-05-14T15:39:29+00:00</published>
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