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    <title>Rosario Nuestro</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-04-13T19:20:07+00:00</updated>
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        <title>
            El Gobierno anunció una nueva presentación para el DNI: cuáles son los cambios
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        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/el-gobierno-anuncio-una-nueva-presentacion-para-el-dni-cuales-son-los-cambios" type="text/html" title="El Gobierno anunció una nueva presentación para el DNI: cuáles son los cambios" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/gHf5Za10jTIqzOqZh5pySWT8KAU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2025/06/dni.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno nacional confirmó que aplicará una serie de cambios a la presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI) a partir de este domingo 1º de febrero. Además, habrá modificaciones en el pasaporte.&nbsp;</p><p>La determinación fue anunciada este viernes por la madrugada a través de las disposiciones 54/2026 y 55/2026, publicadas en el Boletín Oficial con la firma del titular de de Documentos de Viaje de la Dirección Nacional del Registro de las Personas (DNRP), Juan Manuel Santos Massa.</p><p>Se trata de un DNI electrónico que, de acuerdo con el Ejecutivo nacional, busca incorporar características para cumplir con la Normativa de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) de Naciones Unidas N° 9303/2015/2021. El mismo estará compuesto por una tarjeta de policarbonato multicapas con grabados láser, impresión a chorro de tinta y un chip sin contacto. En cuanto al contenido de la tarjeta, habrá adaptaciones según la edad y la nacionalidad de la persona.</p><p>Cada documento deberá incluir el ícono de DNI electrónico, nombre y apellido (hasta 35 caracteres cada uno), sexo, número de DNI, fecha de emisión, nacionalidad, fecha de vencimiento, ejemplar, fecha de nacimiento, número de serie grabado por láser, número CAN, imagen fantasma y la firma del portador (en caso de que la persona pueda plasmarla en el trámite). En este caso, para los DNI de menores de 5 años se mostrará la firma de su madre, padre, tutor o representante legal.</p><p>Por otro lado, los recién nacidos contarán &nbsp;con un DNI "0 Año" que se mantendrá vigente únicamente a nivel nacional y contiene datos biográficos y filiatorios.</p><p>En el dorso aparecerá la información del domicilio, el lugar de nacimiento, la firma del Ministerio del Interior, el número de CUIL, el número de trámite, un código QR, una zona de lectura mecánica y una imagen fantasma de la persona.</p><p>También habrá modificaciones en los pasaportes. El Gobierno determinó que las nuevas versiones incluirán 34 páginas y una hoja de policarbonato personalizada con grabado láser, con el objetivo de brindar mayor confiabilidad y protección de los datos personales, además de facilitar la identificación.</p><p>Cabe destacar que los DNI y pasaportes emitidos antes de este 1º de febrero mantendrán su validez hasta la fecha de expiración original.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/gHf5Za10jTIqzOqZh5pySWT8KAU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2025/06/dni.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Ejecutivo nacional oficializó la medida este viernes por la madrugada a través del Boletín Oficial y entrará en vigencia este domingo. También habrá modificaciones en el pasaporte.]]>
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                                <category term="sociedad" label="Sociedad" />
                <updated>2026-04-13T19:20:07+00:00</updated>
                <published>2026-01-30T14:11:18+00:00</published>
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            Entraron en vigencia las licencias de conducir digitales emitidas en la provincia: cómo funcionan
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        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/entraron-en-vigencia-las-licencias-de-conducir-digitales-emitidas-en-la-provincia-como-funcionan" type="text/html" title="Entraron en vigencia las licencias de conducir digitales emitidas en la provincia: cómo funcionan" />
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                <![CDATA[Rosario Nuestro ]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/IbWh7Ih1-OPSmNCTmU6l2CaMaXQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/licencia_digital.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno de Santa Fe anunció que fueron habilitadas de forma digital las licencias de conducir emitidas la provincia y ya pueden ser presentadas desde celulares en controles vehiculares dentro del territorio.&nbsp;</p><p>La versión virtual del plástico fue incorporada a la aplicación Mi Santa Fe, disponible de forma gratuita para dispositivos Android e IOS en sus respectivas tiendas. Forma parte de las medidas del programa Territorio 5.0, impulsado por la Secretaría de Tecnología para la Gestión, y cuenta con la misma validez legal que el documento físico.</p><p>Para acceder al carnet digital, los ciudadanos deben descargarse la app, crear o vincular su cuenta con ID Ciudadana y validar sus datos para que la plataforma muestre la documentación disponible. Luego, a la hora de un control, el conductor deberá exhibir la licencia en su pantalla al agente de turno. Por el mismo medio se pueden consultar partidas de nacimiento, certificados de vacunación y en qué estado se encuentran diferentes trámites.</p><p>Por otro lado, desde la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) anticiparon que continúa la carga de datos para que las licencias digitales también estén disponibles mediante la aplicación nacional Mi Argentina, solo en cuentas activas. El secretario del ente, Carlos Torres, mencionó que “a medida que los Centros de Emisión de Licencias de la provincia emiten nuevas licencias, esas se cargan automáticamente, mientras que en paralelo se irán incorporando las anteriores hasta completar la totalidad”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/IbWh7Ih1-OPSmNCTmU6l2CaMaXQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/licencia_digital.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La Secretaría de Tecnología para la Gestión confirmó que la documentación fue incorporada a la aplicación Mi Santa Fe como parte del programa Territorio 5.0. Puede presentarse en controles de ciudades y rutas con la misma validez que el físico.]]>
                </summary>
                                <category term="transito" label="Tránsito" />
                <updated>2026-04-13T19:20:07+00:00</updated>
                <published>2026-01-22T10:43:31+00:00</published>
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            El Gobierno desclasificó archivos sobre el nazismo en Argentina y decretos presidenciales secretos
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/el-gobierno-desclasifico-archivos-sobre-el-nazismo-en-argentina-y-decretos-presidenciales-secretos" type="text/html" title="El Gobierno desclasificó archivos sobre el nazismo en Argentina y decretos presidenciales secretos" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9ycbIjS6FkDeyNP3tqsIDleha-Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2025/04/nazis_argentina.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Archivo General de la Nación (AGN), organismo dependiente de la Vicejefatura de Gabinete del Interior, habilitó el acceso público a documentos históricos que hasta ahora eran secretos o de consulta restringida. Entre el material difundido, destacan más de 1.850 piezas vinculadas a las actividades nazis en Argentina y 1.290 decretos presidenciales reservados emitidos entre 1957 y 2005.</p><p>La apertura se dio tras un proceso de restauración, digitalización y clasificación de los documentos, que ahora pueden ser consultados libremente a través del sitio oficial del AGN. Hasta hace poco, los archivos referidos al nazismo sólo podían ser leídos de manera presencial en salas especiales del organismo.</p><p>El material incluye información sobre la presencia en Argentina de jerarcas del Tercer Reich, como Martin Bormann, Adolf Eichmann y Joseph Mengele, el médico conocido por realizar experimentos en Auschwitz. También figuran registros sobre otros funcionarios nazis como Rudolf Hess, Klaus Barbie, Joseph Schamberger, Franz Stangl, Eduard Roschmann y Alfred Wegner.</p><p>Además, el AGN entregó una copia de la documentación al Centro Simón Wiesenthal, dedicado a la investigación de crímenes nazis, que actualmente estudia posibles vínculos entre el banco Credit Suisse y el régimen de Hitler. La entrega de los archivos fue acordada en una reunión entre representantes del Centro y el presidente Javier Milei, realizada en febrero en Casa Rosada.</p><p>Junto al material sobre actividades nazis, también se desclasificaron decretos secretos que abarcan temas como compraventa de armas, organización de los servicios de inteligencia, estrategias de lucha contra el comunismo en los años '60 y '70, y reorganizaciones presupuestarias de diferentes gobiernos.</p><p>Con esta decisión, el Ejecutivo busca fomentar la transparencia y facilitar el acceso a información histórica relevante tanto para investigadores como para la ciudadanía en general.Los documentos pueden consultarse en el sitio: argentina.gob.ar/interior/archivo-general.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9ycbIjS6FkDeyNP3tqsIDleha-Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2025/04/nazis_argentina.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La documentación incluye información sobre jerarcas del Tercer Reich refugiados en el país y casi 1.300 decretos presidenciales reservados entre 1957 y 2005. Todo el material puede consultarse online.]]>
                </summary>
                                <category term="newsletter-general" label="Newsletter General" />
                <updated>2025-04-29T00:50:02+00:00</updated>
                <published>2025-04-29T00:47:06+00:00</published>
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        <title>
            El Gobierno busca eliminar por decreto el DNI no binario
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/el-gobierno-busca-eliminar-por-decreto-el-dni-no-binario" type="text/html" title="El Gobierno busca eliminar por decreto el DNI no binario" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jyPbLnDmv2UK2bL6QkPfE9kQmmE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2024/11/dni_no_binario.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno nacional busca implementar un decreto para eliminar el reconocimiento de las identidades no binarias en el documento. En este sentido, la idea sería volver al reconocimiento únicamente de los géneros masculino y femenino. La resolución se publicaría en los próximos días en el Boletín Oficial.&nbsp;</p><p>La posibilidad de optar por el género no binario en el Documento Nacional de Identidad se incorporó el 20 de junio de 2021, durante la gestión de Alberto Fernández, cuando se realizó una adecuación del sistema de registro e identificación nacional en el RENAPER.&nbsp;</p><p>Desde aquel entonces, las personas que no se identifican con las categorías de género masculino o femenino, pueden optar por la nomenclatura "X" en su Documento Nacional de Identidad (DNI), elección que quedaría desestimada en el momento que el Gobierno publique el decreto.&nbsp;</p><p>En este sentido, el censo de 2023 indicó que existen 8.293 personas que se autoperciben como no binarias, de las cuales alrededor de 1.500 solicitaron el cambio de documento.</p><p>Cabe destacar que esta decisión no afectaría al cambio de género. En este aspecto, desde que entró en vigencia la ley de Identidad de Género en 2012, se llevaron a cabo 19.270 trámites de cambio de identidad (de femenino a masculino o viceversa) dentro del país.</p><p>De acuerdo a los datos oficiales, 10.164 personas se auto perciben mujeres trans, mientras que 7.413 lo hacen como varones. De todas las personas reconocidas bajo esta ley, se estima que el 9 % se autopercibe dentro del género no binario.&nbsp;</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jyPbLnDmv2UK2bL6QkPfE9kQmmE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2024/11/dni_no_binario.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se estima que alrededor de 1500 personas identificadas como "no binarias" solicitaron realizar el cambio de documento. Esta opción se incorporó en 2021 durante la gestión de Alberto Fernández.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2024-11-28T22:44:32+00:00</updated>
                <published>2024-11-28T22:42:39+00:00</published>
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            El Gobierno nacional oficializó la tarjeta azul digital: cómo funcionará
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/el-gobierno-nacional-oficializo-la-tarjeta-azul-digital-como-funcionara" type="text/html" title="El Gobierno nacional oficializó la tarjeta azul digital: cómo funcionará" />
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                <![CDATA[Rosario Nuestro ]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.rosarionuestro.com/el-gobierno-nacional-oficializo-la-tarjeta-azul-digital-como-funcionara">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xcWJICZSzDb9f6q1J6EL9r3BIfA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2024/11/cedula_azul.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno nacional reglamentó la implementación de la cédula azul digital en Argentina este miércoles por la madrugada. La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través de la disposición 343/2024.</p><p>A casi un semestre de la difusión de los cambios que prometieron simplificar trámites y promover la digitalización, el texto oficial confirmó que el nuevo mecanismo mediante el que los titulares podrán habilitar de forma remota a terceros para conducir sus vehículos será mediante la aplicación Mi Argentina.</p><p>Luego de que en mayo se dejara de emitir la cédula azul física, a partir de este miércoles los usuarios pueden extender desde su celular permisos para que uno o más conductores circulen con su rodado, tanto dentro del país como temporalmente en el exterior.</p><p>En detalle, la Subsecretaría de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y el Departamento de Servicios Informáticos trabajaron durante los últimos meses para que el sistema pueda cruzar los datos de la Dirección Nacional de Registros de la Propiedad Automotor (DNRPA) y los de la app Mi Argentina.</p>Cómo funciona la cédula azul digital<p>El titular del vehículo deberá descargar en un dispositivo Android o IOS la aplicación Mi Argentina y dirigirse a la sección “Mis vehículos”. De ahí. tiene que seleccionar usuario tiene que seleccionar el dominio del vehículo y debe presionar la opción “Habilitar a conducir”. Luego, se ingresa el nombre de la persona que recibirá la autorización y su número de CUIT, CUIL o CDI.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xcWJICZSzDb9f6q1J6EL9r3BIfA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2024/11/cedula_azul.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La disposición fue publicada este miércoles por la madrugada a través del Boletín Oficial. Los titulares podrán habilitar de manera remota a terceros para conducir sus vehículos.]]>
                </summary>
                                <category term="transito" label="Tránsito" />
                <updated>2026-04-13T19:20:07+00:00</updated>
                <published>2024-11-27T11:36:45+00:00</published>
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            Las matrículas de los profesionales de la salud serán digitales en Argentina
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/las-matriculas-de-los-profesionales-de-la-salud-seran-digitales-en-argentina" type="text/html" title="Las matrículas de los profesionales de la salud serán digitales en Argentina" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GlJoSfJJ6cp1en758j1QwR95uQU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2024/09/matricula_digital.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Las credenciales de los profesionales de la salud registrados y no registrados pero pasibles de incorporación serán digitales en Argentina desde este lunes.&nbsp;</p><p>La medida fue confirmada esta mañana por el Ministerio de Salud de la Nación y quedó plasmada en el Boletín Oficial a través de la resolución 3320. Según detalló la cartera, el documento pasará a estar disponible en la aplicación “Mi Argentina” y tendrán una vigencia de cinco años, reemplazando al soporte físico.Por otro lado, el Gobierno afirmó que la credencial virtual será “única y obligatoria” para todos los trámites de matriculación, renovación y rehabilitación de matrículas. Además, la normativa integra en el nuevo soporte los datos correspondientes a la matrícula profesional registrados en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) con el Perfil Digital del Ciudadano en la aplicación.</p><p lang="es" dir="ltr">📣 Las matrículas de los profesionales de la salud ahora serán digitales y estarán disponibles en la app "Mi Argentina".Todos los registros, tanto actuales como futuros, tendrán su credencial digital con una vigencia de 5 años.+ info: https://t.co/ae60i1YAbN pic.twitter.com/lCAoVjsL8a</p>— Ministerio de Salud de la Nación (@MinSalud_Ar) September 2, 2024 <p>Por su parte, las credenciales físicas seguirán vigentes hasta que concluya su fecha de vencimiento previamente estipulada. Además, desde Salud confirmaron que la fecha de vencimiento de la versión digital coincidirá con el día y mes de la fecha de nacimiento del profesional matriculado.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GlJoSfJJ6cp1en758j1QwR95uQU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2024/09/matricula_digital.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Ministerio de Salud nacional confirmó que el documento físico será reemplazado por una versión virtual que durará cinco años.]]>
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                                <category term="salud" label="Salud" />
                <updated>2024-09-02T14:32:12+00:00</updated>
                <published>2024-09-02T14:17:51+00:00</published>
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        <title>
            Comunicado de FIFA: extensión especial de los contratos que vencen el 30 de junio y recomendación de rebaja salarial
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.rosarionuestro.com/comunicado-de-fifa-extension-especial-de-los-contratos-que-vencen-el-30-de-junio-y-recomendacion-de-rebaja-salarial" type="text/html" title="Comunicado de FIFA: extensión especial de los contratos que vencen el 30 de junio y recomendación de rebaja salarial" />
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                <![CDATA[Rosario Nuestro ]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qYa2kKUtKpDaleUDbnid_tkGC9E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://rosarionuestrocdn.eleco.com.ar/media/2019/09/InfantinoFIFA.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Mientras crece la incertidumbre en cuanto a cómo y cuándo regresará el fútbol en casi todo el mundo, una vez que se controle la pandemia coronavirus, desde FIFA ultiman detalles en la elaboración de un documento que lanzará próximamente y está destinado a esclarecer algunos puntos vitales para el momento en el que rueda nuevamente la pelota.</p>
<p>Principalmente son tres los aspectos en los que puso el foco la entidad que rige al deporte más popular a lo ancho y largo del planeta. Uno tiene que ver con qué sucederá con los contratos que vencen el 30 de junio, ya que si las ligas pueden terminar sería en poco más de un mes cargado de partidos durante julio y comienzos de agosto.</p>
<p>Con el fin que los futbolistas cuyos vínculos culminan en esa fecha, se autorizará a fijar un nuevo plazo con extensión especial «hasta que termine la temporada», ya que a esta altura no se puede precisar en qué momento finalizarán las competencias que quedaron inconclusas. Lo mismo sucederá con los préstamos que caducaban el último día de junio.</p>
<p>Por otra parte, también se tratará el tema de la apertura y cierre del libro de pases. FIFA sabe que será una ventana especial, ya que se especula con que en el pleno momento en el cual se debería realizar la ventana de transferencias, se estaría jugando para culminar las temporadas, por lo tanto cada asociación tendría el permiso para notificar las fechas que precisa para realizar los traspasos de acuerdo a cómo quede confeccionado el calendario de sus ligas.</p>
<p>Otra situación que quedaría explícita en el documento que la Casa Madre del fútbol mundial publicará, es una clara recomendación a que los jugadores de los planteles profesionales y los integrantes del cuerpo técnico acepten una rebaja salarial al menos por un tiempo prudencial hasta que los clubes puedan equilibrar sus finanzas. Esto ya lo han hecho algunas entidades europeas como Barcelona o Juventus.</p>
<p>El sitio web Doble Amarilla, accedió a parte de este documento, el cual publicaron y remarca lo siguiente:</p>
<p>El brote de virus COVID-19 ha interrumpido las actividades cotidianas en todo el mundo y ha sido anunciado como una pandemia por la Organización Mundial de la Salud (OMS). El fútbol se ha visto igualmente afectado, con la actividad futbolística suspendida en prácticamente todos los países o territorios del mundo. Cada miembro del Foro de la Liga Mundial, la asociación de las principales ligas mundiales de fútbol, ha suspendido su torneo local o Liga local.</p>
<p>Esta es una situación sin precedentes para el fútbol. No ha habido un cierre similar del fútbol organizado desde la Segunda Guerra Mundial. Esto ha afectado naturalmente varias regulaciones, afecta también a los miembros asociaciones de FIFA (MA) y a sus partes interesadas.</p>
<p>En este contexto, la FIFA ha recibido numerosas consultas y solicitudes, la mayoría relacionadas con el Reglamento de la FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RSTP/ RETJ).</p>
<p>Como ente rector del fútbol mundial, la FIFA tiene la responsabilidad y el mandato de proporcionar orientación y recomendaciones adecuadas a los MA y sus partes interesadas para mitigar las consecuencias de las perturbaciones causadas por COVID-19 y garantizar que cualquier respuesta se armonice en el interés común.</p>
<p>Entre muchas cuestiones diferentes, hay tres (03) cuestiones básicas que tienen necesariamente que abordarse para tratar de solucionar la situación:</p>
<p>(i) Acuerdos que terminan o contratos que finalizan (es decir, al final de la temporada actual) y nuevos acuerdos (es decir, ya firmados para comenzar a comienzo de la siguiente o próxima temporada);</p>
<p>(ii) Acuerdos que se frustraron como resultado de COVID-19; Y</p>
<p>(iii) El plazo adecuado para los períodos de registro («ventanas de transferencia»)</p>
<p>Como cuestión principal, la FIFA no es el órgano adecuado para instruir a los MA o tomar una determinación sobre cuándo debería reanudarse el fútbol en cada país o territorio. Esta decisión debe ser tomada por cada MA por consejo de sus autoridades nacionales de salud pública pertinentes. La salud siempre debe ser el principio rector de la FIFA, sus MA y las partes interesadas a la hora de tomar decisiones en este contexto en particular.</p>
<p>El 18 de marzo de 2020, la Mesa del Consejo de la FIFA (Bureau) estableció un grupo de trabajo con la FIFA y las confederaciones en respuesta a COVID-19 para examinar, entre otras cosas, la necesidad de enmiendas o dispensas temporales al RSTP/RETJ para proteger los contratos de ambos actores y los clubes y el ajuste de los períodos de registro de los jugadores. El Bureau reconoció que la interrupción del fútbol por parte de COVID-19 era un caso de fuerza mayor.</p>
<p>El artículo 27 del RSTP/RETJ establece que los casos de fuerza mayor serán decididos por el Consejo de la FIFA, cuyas decisiones son definitivas.</p>
<p>La situación del COVID-19 es, per se, un tema de fuerza mayor para la FIFA.</p>
<p>A finales de 2017, el Comité de Partes Interesadas de Fútbol estableció un Grupo de Trabajo/ Task Force (TF) para hacer frente a posibles enmiendas al RSTP/RETJ. El TF está compuesto por representantes de la Administración de la FIFA, Confederaciones, MAs, clubes, ligas y jugadores. En la mesa del Consejo se acordó que el TF existente trabajaría en estas cuestiones informando al grupo de trabajo.</p>
<p>En este contexto, se propone que el TF establezca una serie de principios rectores para los MAs y sus partes interesadas sobre los temas reglamentarios establecidos en este documento.</p>
<p>Este documento es una versión simplificada de un documento interno y ahora se comparte con el TF para su comentario y consideración.</p>
<p>1. EXPIRACIÓN DE CONTRATOS Y NUEVOS CONTRATOS:</p>
<p>Los acuerdos de empleo y los acuerdos de transferencia en el fútbol están generalmente vinculados a los períodos de inscripción (coloquialmente conocidos como «ventanas de transferencia») que son establecidos por cada MA dentro de su territorio de jurisdicción.</p>
<p>Esto tiene sentido desde una perspectiva deportiva, ya que la apertura del primer período de inscripción suele coincidir con el primer día de la nueva temporada.</p>
<p>La sección de definiciones del RSTP/RETJ define una «temporada» como «el período que comienza con el primer partido oficial del campeonato de liga nacional correspondiente y termina con el último partido oficial del campeonato de liga nacional correspondiente».</p>
<p>A pesar de esto, los MA están obligados a introducir fechas para una «temporada» en el FIFA Transfer Matching System (TMS) que cubren un año calendario completo. La mayoría de las ligas más afectadas por COVID-19 han introducido su fecha de inicio de temporada como 1 de julio y fecha de finalización de la temporada como 30 de junio.</p>
<p>El artículo 6.1 del RSTP/RETJ establece que los jugadores sólo podrán registrarse durante uno de los dos períodos de registro anuales fijados por el registro pertinente.</p>
<p>Dado el aplazamiento o suspensión de los campeonatos de liga, y el deseo abrumador de los MAs de que se completen esas competiciones, es muy probable que dicha finalización se produzca después de la fecha de finalización original de la temporada (entrada en TMS). Esto naturalmente hará que la fecha de inicio original de la próxima temporada se vea afectada.</p>
<p>Por lo tanto, surgen cuestiones en las que:</p>
<p>(i) los acuerdos de empleo expirarán en la fecha de finalización original de la temporada;</p>
<p>(ii) los acuerdos de transferencia de préstamos (y los acuerdos de empleo relacionados) expirarán en la fecha de finalización original de la temporada;</p>
<p>(iii) los acuerdos de transferencia (permanentes y de préstamo) (y los acuerdos de empleo conexos) deben comenzar en la fecha de inicio original de la próxima temporada; Y</p>
<p>(iv) los contratos de empleo comenzarán en la fecha de inicio original de la próxima temporada.</p>
<p>El artículo 18.2 del RSTP/RETJ establece: «La duración mínima de un contrato será desde su fecha de entrada en vigor hasta el final de la temporada, mientras que la duración máxima de un contrato será de cinco años&#8230;».</p>
<p>El artículo 18.3 del RSTP dispone que «&#8230; [un] profesional sólo tendrá libertad para celebrar un contrato con otro club si su contrato con su actual club ha expirado o está previsto que expire en un plazo de seis meses».</p>
<p>No obstante la primacía de la legislación nacional en relación con el inicio y el final de los contratos, la verdadera intención de las partes debe ser el factor principal a la hora de determinar la situación contractual y de registro de los jugadores y entrenadores tras la campeonatos de liga.</p>
<p>La verdadera intención de las partes que han entrado en un acuerdo que expira al final de una temporada o que inicia al comienzo de una temporada es clara: el club se compromete a emplear al jugador o entrenador para la totalidad de esa temporada deportiva en particular.</p>
<p>PROPUESTA:</p>
<p>De conformidad con el artículo 18.2 del RSTP, para los acuerdos de empleo:</p>
<p>&#8211; cuando un acuerdo expire en la fecha de finalización original de una temporada, dicha expiración se prorrogará hasta la nueva fecha de finalización de la temporada;</p>
<p>&#8211; cuando un acuerdo comience en la fecha de inicio original de una nueva temporada, dicho comienzo se retrasará hasta la nueva fecha de inicio de una nueva temporada;</p>
<p>&#8211; en caso de temporadas superpuestas y/o períodos de registro, y a menos que todas las partes acuerden lo contrario, se dará prioridad al antiguo club para completar su temporada con su equipo original, con el fin de salvaguardar la integridad de un campeonato de liga nacional;</p>
<p>Lo anterior debe aplicarse a los acuerdos de transferencia por analogía.</p>
<p>Además, para acuerdos de transferencia:</p>
<p>(i) no obstante la enmienda propuesta anteriormente a las fechas del acuerdo, cualquier pago que se adeude contractualmente antes de la nueva fecha de inicio de un acuerdo se retrasará hasta la nueva fecha de inicio de una nueva temporada o su primer período de registro.</p>
<p>2. ACUERDOS QUE SE FRUSTRARON/QUE NO SE CONCRETARON</p>
<p>El concepto de frustración contractual es evidente tanto en el derecho común como en los sistemas de derecho civil. El artículo 119.1 del Código Suizo de Obligaciones dispone que una «obligación se considera extinguida cuando su ejecución sea imposible por circunstancias no imputables al deudor».</p>
<p>Es evidente que el brote del virus COVID-19 ha frustrado los acuerdos de trabajo de fútbol a nivel mundial. Las obligaciones impuestas a ambas partes son imposibles: los jugadores y los entrenadores no pueden trabajar; los clubes no pueden proporcionar trabajo, ni están en condiciones de compensar a los empleados por el trabajo no proporcionado.</p>
<p>En última instancia, las leyes nacionales de empleo y/o de insolvencia (o los acuerdos de negociación colectiva, cuando estén en vigor) responderán a preguntas inmediatas sobre la viabilidad de un acuerdo de trabajo de fútbol que ya no se puede llevar a cabo.</p>
<p>Lo que debe evitarse son circunstancias similares para las partes interesadas del fútbol que reciben un tratamiento o resolución drásticamente diferentes a nivel mundial; ya sea en tribunales nacionales, tribunales de empleo o órganos judiciales de la FIFA.</p>
<p>Corresponde a la FIFA recomendar principios rectores que encuentren una solución justa para los clubes y los empleados, al tiempo que protegen los puestos de trabajo en la medida de lo posible.</p>
<p>PROPUESTA:</p>
<p>Con el fin de garantizar algún tipo de pago salarial a jugadores y entrenadores, evitar litigios, proteger la estabilidad contractual, garantizar que los clubes no se declaren en bancarrota, y teniendo en cuenta el impacto financiero de COVID-19 en los clubes, se propone:</p>
<p>(i) Se alienta a los clubes y empleados (jugadores y entrenadores) a trabajar juntos para acordar el aplazamiento y/o la reducción del salario por una cantidad razonable para cualquier período de interrupción del trabajo.</p>
<p>El TF podrá establecer directrices a seguir y para la asistencia de los MAs y los organizadores de la competición.</p>
<p>(ii) Alternativamente, todos los acuerdos entre clubes y empleados deben ser «suspendidos» durante cualquier período de interrupción del trabajo (es decir, suspensión de las actividades de fútbol), siempre que se puedan encontrar acuerdos alternativos adecuados de apoyo a los ingresos para los empleados durante el período en cuestión.</p>
<p>Esto aborda las cuestiones de: terminación unilateral debido a COVID-19; los clubes que se niegan a pagar a los empleados; empleados que se niegan a presentarse a trabajar; clubes que no proporcionan a los empleados instalaciones de trabajo o capacitación adecuadas o atención médica.</p>
<p>(iii) Ampliar el alcance y los fondos asignados al recientemente creado Fondo de la FIFA para Jugadores Profesionales (FIFA FFP) para hacer frente a las situaciones COVID-19.</p>
<p>3. PERÍODOS DE REGISTRO («VENTANAS DE TRANSFERENCIA»)</p>
<p>El artículo 6.1 del RSTP establece que los jugadores sólo podrán registrarse durante uno de los dos períodos de registro anuales fijados por el registro pertinente (coloquialmente conocido como «ventanas de transferencia»).</p>
<p>El artículo 6.2, leído junto con el artículo 5.1 del Anexo 3 del RSTP/RETJ, regula cómo las asociaciones deben fijar los plazos de registro y las solicitudes de modificación, ampliación o cancelación de los plazos de registro</p>
<p>La tercera parte del última párrafo del artículo 5.1 del Anexo 3 dispone que antes de que se acabe un período de registro, las asociaciones podrán modificar o modificar las fechas en «circunstancias excepcionales». El brote del virus COVID-19 es claramente una circunstancia excepcional.</p>
<p>La penúltima frase del artículo 5.1 del Anexo 3 establece que una vez que se haya iniciado el plazo de registro, no será posible modificar las fechas. Sin embargo, esto se aplica estrictamente, sin embargo, el 28 de febrero de 2020, el Comité de Situación de los Jugadores decidió excepcionalmente que se permitiera a la Asociación China de Fútbol extender su primer período de inscripción debido a COVID-19. Dicha decisión está sujeta a la ratificación del Consejo de la FIFA el 27 de marzo de 2020.</p>
<p>PROPUESTA:</p>
<p>Habida cuenta de la situación, como excepción al artículo 5.1 del Anexo 3, el TF recomienda, caso por caso, tras un análisis de la Administración de la FIFA, pero teniendo en cuenta también una coordinación mundial:</p>
<p>(i) se aprueben todas las solicitudes de prórroga de la fecha de finalización de la temporada actual;</p>
<p>(ii) todas las solicitudes de ampliación o modificación de los plazos de registro que ya hayan comenzado se aprueben, siempre que su duración cumpla con el límite máximo (es decir, 16 semanas) en el RSTP/RETJ;</p>
<p>(iii) todas las solicitudes de modificación o aplazamiento de los plazos de registro que no hayan comenzado se aprueben, siempre que su duración cumpla con el límite máximo (es decir, 16 semanas) en el RSTP/RETJ;</p>
<p>(iv) Se permite a los MA modificar fechas de temporada y/o períodos de registro, ya sea (cuando nuestra tecnología lo permita) dentro de la TMS o notificando a la FIFA manualmente.</p>
<p>4. OTROS TEMAS REGULATORIOS O LEGALES</p>
<p>Aparte de las cuestiones fundamentales expuestas anteriormente, la Administración de la FIFA ha identificado las siguientes cuestiones que potencialmente pueden requerir que se proporcionen principios rectores para los MAs.</p>
<p>La Administración de la FIFA ha desarrollado un principio general para cada una de las posiciones y estará encantada de discutir más a fondo si es necesario.</p>
<p>Sin duda, en el futuro pueden surgir otras cuestiones imprevistas. Se agregarán a la lista cuando se identifiquen.</p>
<p>&#8211; Liberación de jugadores a los equipos de asociación:</p>
<p>El artículo 70 de los Estatutos de la FIFA dispone que «el Consejo elaborará un calendario internacional de partidos que será vinculante para las confederaciones, asociaciones miembros y ligas, después de conferir con las confederaciones».</p>
<p>Los artículos 1 (fútbol masculino), 1bis (fútbol femenino) y 1ter (futsal) del Anexo 1 del RSTP/RETJ obligan a los clubes a liberar a los jugadores de los equipos de asociación y a los jugadores para aceptar convocatorias de equipos de asociación para partidos internacionales celebrados dentro de las ventanas internacionales designadas en el calendario internacional de partidos.</p>
<p>El 13 de marzo de 2020, el Bureau decidió que las normas que normalmente obligan a los clubes a liberar a los jugadores a los equipos de asociación no se aplicarán a las ventanas internacionales en marzo y abril. La decisión principal fue:</p>
<p>(i) Los clubes no están obligados a liberar a sus jugadores registrados a los equipos de asociación.</p>
<p>(ii) Si el club acepta liberar al jugador registrado en un equipo de asociación, el jugador puede rechazar la convocatoria.</p>
<p>(iii) Dichas decisiones no estarán sujetas a medidas disciplinarias.</p>
<p>(iv) Si el jugador no puede reanudar su deber con su club antes de la fecha límite correspondiente debido a COVID- 19, la asociación y / o el jugador no estará sujeto a ninguna restricción o futura medida disciplinaria.</p>
<p>(v) Las siguientes ventanas internacionales están sujetas a la presente decisión:</p>
<p>i. 23-31 de marzo de 2020 (calendario de partidos internacionales masculino)</p>
<p>ii. 6-15 de abril de 2020 (calendario internacional de partidos femenino)</p>
<p>iii. 6-15 de abril de 2020 (calendario de partidos internacionales de fútbol sala).</p>
<p>Es probable que se requiera una decisión similar del Bureau para las próximas ventanas internacionales en junio y julio de 2020.</p>
<p>Asuntos de empleo y transferencia</p>
<p>(i) proporcionar un período transitorio para la implementación de la reciente enmienda al artículo10 de la RSTP/RETJ (préstamos) por el Consejo de la FIFA;</p>
<p>(ii) aplicación del Artículo 5.4 del RSTP/RETJ (los jugadores están registrados con 3 clubes pero pueden participar en partidos oficiales para 2 clubes por temporada) en el caso de que se modifiquen las fechas de la temporada;</p>
<p>(iii) rescisión unilateral de contratos;</p>
<p>(iv) los clubes que se nieguen a pagar a jugadores o entrenadores;</p>
<p>(v) jugadores o entrenadores que se nieguen a presentarse al trabajo;</p>
<p>(vi) jugadores o entrenadores que abandonen el territorio de la MA durante un detención laboral;</p>
<p>(vii) los clubes que no proporcionen a los jugadores o entrenadores instalaciones adecuadas de trabajo o entrenamiento;</p>
<p>(viii) los clubes que no presten atención médica obligatoria a los jugadores o entrenadores;</p>
<p>(ix) discriminación por razón de la nacionalidad (por ejemplo, negarse a seleccionar o negarse a jugar con o contra otras personas que hayan viajado o sean de zonas afectadas);</p>
<p>(x) pagos condicionales y opciones en contratos que no se respeten o no se cumplan;</p>
<p>(xi) los contratos de préstamo que se rescindan y los antiguos clubes que se nieguen a integrar a los jugadores;</p>
<p>(xii) las partes que se nieguen a cumplir con una decisión del órgano judicial (financiero) de la FIFA;</p>
<p>Cuestiones antidopaje</p>
<p>(i) los jugadores y equipos que puedan cumplir con los requisitos de paradero;</p>
<p>(ii) los aspectos prácticos de las pruebas fuera de la competencia;</p>
<p>Cumplimiento de las regulaciones de la FIFA</p>
<p>(i) la utilización continua de FIFA TMS (por ejemplo, la realización de transferencias, las inscripciones de los jugadores);</p>
<p>(ii) la implementación de las obligaciones de la Cámara de Compensación de la FIFA (por ejemplo, sistema de registro electrónico, pasaporte electrónico del jugador, integración con Connect ID);</p>
<p>(iii) prórrogas de plazos para responder en los casos ante los órganos judiciales de la FIFA (es decir, la Sala de Resolución de Controversias y el Comité de Situación de los Jugadores);</p>
<p>(iv) la ejecución disciplinaria de las decisiones aprobadas por la Sala de Resolución de Controversias y el Comité de Situación de los Jugadores;</p>
<p>(v) publicación en marzo de datos anuales de transacciones intermediarias por parte de los MAs.</p>
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                <published>2020-04-02T08:52:12+00:00</published>
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            Perdió el documento tras cometer un asalto, lo identificaron y fue detenido junto con un cómplice
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<p>Según el relato de la adolecente de 14 años, esta se desplazaba en su bicicleta Venzon color verde y negra cuando fue abordada por dos masculinos en moto, los cuales bajo amenaza de muerte con arma de fuego le sustrajeron el rodado, para luego darse a la fuga. Pero a pocas cuadras y gracias a la foto del documento, uno de los malvivientes logró ser identificado por la policía quien minutos después procedió a detener a ambos en una vivienda cercana.</p>
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